Igualdad ante la ley.
Acción de protección en contra de la Subsecretaría de Educación que solicitó el auxilio de la fuerza pública para dar cumplimiento al Decreto que cancela la personalidad jurídica y el reconocimiento oficial de la Universidad de la República, se acoge a trámite
Existen recursos pendientes y la recurrida carece de facultades para solicitar la fuerza pública.

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaró admisible el recurso de protección deducido por el rector de la Universidad de la República, en favor de sus estudiantes, académicos y trabajadores, en contra del Subsecretario de Educación Superior y el administrador de cierre de la Universidad por la solicitud que efectuaron de auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento del Decreto N°480 que canceló la personalidad jurídica y el reconocimiento oficial de esa Universidad.
En su libelo, el recurrente expone la Universidad ha tenido diferentes problemas administrativos, económicos y educacionales, dada la mala gestión del antiguo rector y su grupo asesor, que han llevado a las actuales autoridades a hacer una serie de esfuerzos para mantenerla con vida.
Agrega que a raíz de ello, la Universidad ha sido objeto de un cúmulo de investigaciones, sanciones y actos administrativos alejados de la legalidad, en los que se pretende el cierre de ésta, con el nombramiento de un interventor de cierre, lo que consideran fuera de la legalidad. Por ello, en cada oportunidad han representado la ilegalidad del actuar del ente administrativo, entre otros, un reclamo de ilegalidad en contra de la resolución de la autoridad administrativa, el que se encuentra a la espera de su admisibilidad.
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