Por unanimidad.
CS revocó sentencia y acogió protección deducida contra SII por no poder una particular percibir los subsidios de prenatal y post natal debido a error de la recurrida.
El Máximo Tribunal ordenó a dicha repartición pública realizar todas las acciones pertinentes a fin de dar estricto cumplimiento a las obligaciones que específicamente le imponen los artículos 92, 92 D y 92 F.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valdivia y acogió un recurso de protección deducida por una particular en contra del Servicio de Impuestos Internos por no poder percibir los subsidios de prenatal y post natal por un error de la recurrida.
En el escrito se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio de Impuestos Internos, de la Tesorería General de la República y de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., por cuanto los recurridos no le permiten realizar el pago de devolución de impuestos percibida por un error del Servicio de Impuestos Internos, negativa que le impide acceder y percibir los subsidios por incapacidad laboral asociados a la maternidad, específicamente, el prenatal y el post natal.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 3 y 24.
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