Diario Constitucional

Corte Suprema

Se obliga a colegio a matricular a estudiante pese a deudas pendientes: negativa vulneró derecho a la igualdad

El máximo Tribunal determinó que el establecimiento educacional vulneró derechos fundamentales al impedir la matrícula de una alumna de 2° básico por razones económicas. Sostuvo que el colegio no respetó su propio reglamento interno, que contemplaba un segundo período de matrícula presencial para regularizar situaciones como la descrita, y que la conducta afectó la igualdad y dignidad de la estudiante.

Por Redacción·29 de agosto de 2025·2 min de lectura
latercera.com
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto contra un establecimiento educacional por no renovar la matrícula de una estudiante para el año 2025.

Los recurrentes, padres de la menor, sostuvieron que el colegio vulneró los derechos fundamentales de su hija al impedir su matrícula en 2° básico, pues la decisión se fundamentó en deudas pendientes, bloqueando el acceso al sistema de matrícula, no se respetó el procedimiento presencial previsto en el reglamento interno para casos de deuda y se produjo una discriminación arbitraria hacia la estudiante.

El establecimiento educacional, en su informe, indicó que la matrícula no se renovó porque los padres no completaron el proceso dentro del plazo establecido, que al regularizar la deuda ya no había cupos disponibles para 2° básico y que su actuación se ajustó al contrato de prestación de servicios y al reglamento interno.

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