Diario Constitucional

Recurso de amparo rechazado por Corte de Concepción.

Si no hay cupos en Hospital Psiquiátrico para cumplir la internación provisional no es ilegal que el imputado permanezca en Hospital Penitenciario.

El Hospital Penal es un recinto de salud que si bien es cierto se encuentra al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario es autónomo en sus decisiones, y está a cargo de la Empresa de Servicios Externos Asociación Chilena de Seguridad.

Por Redacción·22 de enero de 2024·4 min de lectura
tvu.cl
Referencial

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Chiguayante, que decretó la internación provisional en un Hospital Penal del Complejo Penitenciario Biobío a un imputado por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación mientras se abra un cupo en el Hospital Psiquiátrico.

El recurrente alegó que, si bien se decretó la suspensión del procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal, por cuanto existe antecedentes que permiten presumir la inimputabilidad por enajenación mental, no se puede decretar la internación provisional a fin de sustituir la prisión preventiva, puesto que si bien se cumple con los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, no se cuenta con el informe psiquiátrico requerido en el artículo 464 del mismo código adjetivo, menos si es de público conocimiento que el Hospital Psiquiátrico no cuenta con cupos, por lo que mal se podría decretar la internación provisional desde esa arista.

El recurrido informó que, “(…) el Hospital Penal es un recinto de salud que si bien es cierto se encuentra al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario es autónomo en sus decisiones, y está a cargo de la Empresa de Servicios Externos Asociación Chilena de Seguridad. No depende de Gendarmería jerárquicamente, quien sólo realiza labor de custodia y traslado de los imputados que por disposición del médico tratante deben ser llevados a un recinto de salud externo, como el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a toma de exámenes u otra atención más compleja. Además, los internos en dicho recinto se encuentran alejados de la población penal y reciben la atención médica que corresponde a sus dolencias.”

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