Recurso de protección rechazado por Corte de Rancagua.
Traslado de Carabinero de la región de O’Higgins a la Metropolitana no vulnera sus garantías constitucionales.
La decisión adoptada es, efectivamente, una de aquellas previstas en la reglamentación respectiva y fundada en las necesidades propias de la institución recurrida, por lo que las circunstancias hechas valer por los recurrentes no impiden el traslado del actor, por cuanto esto obedece a necesidades propias de Carabineros.

La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de Carabineros, por trasladar a un funcionario desde San Vicente de Tagua Tagua a Santiago.
El recurrente alegó que, a pesar de que el Manual de Traslado dispone que el tiempo máximo que puede permanecer y prestar servicios un funcionario en una unidad policial de cualquier región del país es de 10 años, el recurrido decidió trasladarlo desde la región de O’Higgins a la región Metropolitana, en circunstancias que lleva tan solo 6 años en la región de la capital de Rancagua, con lo que hubo un trato discriminatorio, más aún si están en conocimiento de que tiene una pareja e hija en común de 2 años y 5 meses, en cuanto ellas deberán quedarse en Vicente de Tagua Tagua por no tener en Santiago contención o vínculo familiar necesario.
Aduce que el traslado, además, le significará mayores gastos económicos, puesto que deberá asumir el pago de arriendo de una nueva vivienda
Comentarios (2)
Víctor Rafael Toledo mesina Es tan engorroso la com. Med. Dispone resolución 2578 ALTA y Apto para el servicio rut 15.065.144-1 CARABS. Dice ‘no a lugar por tener más de 30 años de edad y tenía 36 cuando fue enviado com medica lista 1 sin sanción operador de Dron Dirección aeronáutica de chile maneja idioma inglés. Duda razonable GRAL YAÑEZ TIENE 5 NIÑOS SIN ALIMENTACIÓN SIN SALUD DIPRECA NO CUBRE ASTA ORDEN P2DA. RESOLUCIÓN 37 UN ESCRITORIO NO SIGUIÓ PROCESO
Jorge curioso a los presos no los pueden alejar de las familia pero a los carabineros si.
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