Recurso de amparo acogido.
Orden de arresto contra empleador por cotizaciones impagas vulnera su seguridad individual por estar gravemente enfermo, resuelve Corte de Valdivia.
Tal situación vuelve particularmente gravosos los apremios impuestos, más aún si se considera que la Ley Nº17.322 contempla la posibilidad de obtener el pago por otras vías.

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, que decretó la medida de apremio de arresto por cinco días en contra de un empleador.
El recurrente alegó que, si bien adeuda por concepto de cotizaciones, reajustes e intereses penales las sumas de $419.705- y $112.610.-, la deuda original de la primera correspondía a $21.000.-, y la segunda ascendía a $23.387.-, por lo que decretar el apremio resulta desproporcionado y amenaza no sólo su libertad personal, sino que además pone en riesgo su deteriorada salud y vida, en cuanto padece de insuficiencia renal crónica irreversible, enfermedad que se encuentra en etapa terminal y requiere diálisis diarias y hospitalizaciones frecuentes, cuyas circunstancias, de hecho, impidieron que los apercibimientos se realizaran, desde que Carabineros no lo han encontrado en su domicilio por estar internado producto de su enfermedad.
El recurrido informó que, “(…) lo ordenado tiene fundamento legal en el artículo 12 de la Ley Nº17.322, que se agotaron las instancias de persecución de bienes y que se cumplen en la especie los requisitos para el despacho de las respectivas órdenes de arresto; haciendo presente que los antecedentes de salud esgrimidos en este recurso no se hicieron valer en las referidas causas de cobro de cotizaciones previsionales.”
Comentarios (1)
Cathy Mi ex empleador me debe un millón setecientos desde marzo 2023 por no pago de finiquito e incluso no había pagado algunos meses de cotización, cosa q hizo al final. Ni siquiera se inmuta por pagar . Así es la justicia. Siendo perjudicada hasta hoy por un sinvergüenza cara dura.
Te puede interesar

Recurso de protección rechazado.
Si el acto administrativo no es terminal, no procede recurrir de protección denunciando ilegalidad o arbitrariedad de un acto intermedio, resuelve Corte de Concepción.

Recurso de amparo acogido.
Juzgado de Garantía no puede reanudar de oficio la prisión preventiva que había sido dejada sin efecto para que el imputado cumpliera penas efectivas en otras causas, resuelve Corte de Valparaíso.

Recurso de amparo acogido por Corte de Chillán.
Juez de Garantía no puede invalidar de oficio actuaciones realizadas con ocasión de un requerimiento en procedimiento simplificado y sustituirlo por el ordinario por estimar que los hechos de la acusación tienen distinta calificación jurídica.

