En virtud de laudo arbitral
Justicia de EE.UU. condena a España a pagar indemnización por incumplimientos en mercado de energías renovables
El Tribunal Federal del Distrito de Columbia (Estados Unidos) autorizó la ejecución del laudo arbitral dictado en favor de Eurus Energy Holdings, filial del grupo Toyota, frente a España. La resolución desestimó la solicitud de las autoridades españolas para anular o suspender el procedimiento.

El Tribunal Federal del Distrito de Columbia (Estados Unidos) autorizó la ejecución del laudo arbitral dictado en favor de Eurus Energy Holdings, filial del grupo Toyota, frente a España. La resolución desestimó la solicitud de las autoridades españolas para anular o suspender el procedimiento.
El dictamen judicial ordena el cumplimiento de una indemnización base de 106.2 millones de euros. Dicha cantidad, al incorporar los intereses devengados, los gastos del proceso arbitral y otros rubros reconocidos durante el litigio, sobrepasa finalmente los 110.1 millones de euros.
El origen del conflicto radica en el régimen de incentivos para el mercado de la energía eólica implementado por España, el cual fue modificado entre 2010 y 2014 mediante reformas legales y tributarias que suprimieron beneficios económicos. Ante esta situación, la empresa acudió al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).
El tribunal arbitral determinó que el Estado vulneró el artículo 10.1 del Tratado sobre la Carta de la Energía. Aunque España intentó dejar sin efecto la decisión, el comité del Ciadi levantó la suspensión en junio de 2024 y rechazó definitivamente la anulación en julio de 2025, habilitando la acción judicial en territorio estadounidense.
Con este pronunciamiento, suman nueve las sentencias desfavorables dictadas por tribunales de Estados Unidos contra España por reclamos de este sector. Las resoluciones previas beneficiaron a Watkins, Antin, RREEF, InfraRed, NextEra, 9REN, Cube Infrastructure y BayWa, acumulando entre todas un total de 836.6 millones de euros a favor de los acreedores.
A la fecha, el Estado español no ha pagado la totalidad de estas indemnizaciones ordenadas en distintas instancias. El único desembolso registrado corresponde a la empresa JGC, a la cual se pagaron 23.5 millones de euros que alcanzaron cerca de 32 millones al sumar los respectivos intereses legales.
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