Diario Constitucional

Injerencia injustificada

Tribunal de EE.UU. ordena al gobierno no interferir en procesos electorales

Suspendió por catorce días las advertencias de persecución penal dirigidas a los encargados de los comicios. Concluyó que el gobierno federal carece de atribuciones para interferir en las facultades reservadas a las autoridades locales durante las votaciones legislativas.

Por Redacción·04 de noviembre de 2026·2 min de lectura
Tribunal de EE.UU. ordena al gobierno no interferir en procesos electorales
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El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California dictó una orden de restricción temporal por 14 días que prohíbe al gobierno federal amenazar con investigaciones o juicios penales a los encargados electorales locales. La decisión, adoptada a pocos días de las elecciones de medio término, resolvió la demanda interpuesta por organizaciones sindicales y civiles frente a las advertencias impulsadas por el Fiscal General Todd Blanche desde el Departamento de Justicia y el Secretario Markwayne Mullin desde el Departamento de Seguridad Nacional.

El conflicto se originó tras el envío de requerimientos formales por parte de la administración del presidente Donald Trump a las autoridades de California para retener votos presuntamente emitidos por extranjeros. Ante la negativa estatal, los fiscales federales iniciaron causas penales, despacharon citaciones ante jurados investigadores e interpusieron demandas, extendiendo advertencias de cárcel a funcionarios de California y del estado de Washington si procesaban los votos cuestionados.

Al fundamentar la medida cautelar, la jueza calificó la conducta gubernamental como una campaña de intimidación y coacción incompatible con el marco jurídico vigente. El fallo subrayó que el personal electoral no incurre en delitos federales al procesar el material electoral conforme a sus normativas propias, aun frente a los reclamos del poder central sobre la supuesta falta de idoneidad de determinados electores inscritos en los registros.

La resolución determinó que concurrían los presupuestos procesales de urgencia, al acreditarse un riesgo inminente de perjuicio irreparable para el desarrollo del proceso y el interés general. Asimismo, el tribunal estimó que los demandantes cuentan con altas probabilidades de éxito de fondo, al evidenciarse infracciones a la Ley de Derechos Electorales, a las cláusulas constitucionales pertinentes y a la Ley de Procedimiento Administrativo.

La jueza recordó que la Constitución reserva a las entidades federadas la regulación de los procesos electorales, abarcando el empadronamiento, la fiscalización, el cómputo y la difusión de resultados. Al intentar imponer directrices obligatorias sobre la validez de los votos, concluyó que el gobierno excedió sus atribuciones legales, constituyendo esta resolución la primera paralización general de la estrategia administrativa.

De forma complementaria, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito desestimó el mismo día una pretensión accesoria del Departamento de Justicia. Aquella solicitud buscaba forzar a las autoridades de California a segregar de manera preventiva 20 mil papeletas que el gobierno federal señalaba como irregulares, consolidando el criterio judicial sobre la autonomía organizativa de los estados federados.

Vea texto de la sentencia.

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