Medición de emisiones.
Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en dos reclamaciones de ENAP Refinerías en contra de la SMA vinculadas al PPDA Concón, Quintero y Puchuncaví.
El Tribunal determinó llevar a cabo las audiencias consecutivas, pues existe una relación entre ambas causas, específicamente respecto del cargo N° 8, formulado en el procedimiento sancionatorio contra Enap, y la metodología de medición de las emisiones de la Refinería Aconcagua establecida por la SMA.

El Segundo Tribunal Ambiental escuchó los alegatos de las partes en dos reclamaciones presentadas por Enap Refinerías en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), asociadas a la aplicación del Plan de Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví (PPDA CQP). La primera, en contra de la resolución de la SMA que aprobó la metodología de cuantificación de emisiones de la planta ubicada en Concón; y la segunda, en contra de la resolución sancionatoria que le impuso a la empresa una multa de 269,8 UTA, por cinco infracciones a dicho a dicho Plan.
El Tribunal determinó llevar a cabo las audiencias consecutivas, pues existe una relación entre ambas causas, específicamente respecto del cargo N° 8, formulado en el procedimiento sancionatorio contra Enap, y la metodología de medición de las emisiones de la Refinería Aconcagua establecida por la SMA.
El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos. Los alegatos fueron realizados por los abogados Rodrigo Guzmán Rosen, por Enap Refinerías S.A. y Katharina Buschmann Werkmeister por la SMA, en la primera audiencia; y, Cristian Ruiz Araneda, por Enap Refinerías S.A. y Paloma Espinoza Orellana, por la SMA, en la segunda sesión.
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