Por indebida consideración de observaciones ciudadanas, ausencia de un Proceso de Consulta Indígena.
Tercer Tribunal Ambiental anula RCA de proyecto Terminal Marítimo GNL Talcahuano.
El órgano jurisdiccional acogió cinco reclamaciones contra el proyecto, declarando la ilegalidad de su aprobación.

Por indebida consideración de observaciones ciudadanas, ausencia de un Proceso de Consulta Indígena (PCI), exclusión de las comunas de Tomé y Penco del Proceso de Participación Ciudadana (PAC) y por la entrega de información insuficiente para el descarte de efectos significativos adversos sobre la fauna; el Tercer Tribunal Ambiental anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Terminal Marítimo GNL Talcahuano, de Inversiones GNL Talcahuano SpA.
Este sábado fueron notificadas las sentencias de cinco reclamaciones relativas a resoluciones de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío y el Comité de Ministros, que habían desestimado diversas impugnaciones contra la autorización del proyecto.
En el caso de las causa R-1-2020, donde se alegó la exclusión de la comuna de Penco de las actividades de participación ciudadana; y la causa R-21-2019, donde se alegó la exclusión de las comunas de Penco y Tomé, el Tribunal destacó que al momento de iniciarse la PAC, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) consideraba a ambas comunas dentro del área de influencia; y verificó que en el expediente de evaluación existían antecedentes para comprender que estas comunas se encuentran dentro del área de influencia para emisiones atmosféricas, de ruido, medio humano; además en el caso específico de Penco, afectación al componente paisaje.
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