Artículos de Opinión

Acceso a la justicia y defensoría de las víctimas.

Es necesario que se tome una decisión institucional clara sobre el rol de la víctima en el proceso penal. Se debe definir si su papel debe limitarse a ser un participante secundario en un proceso que enfrenta a la sociedad, representada por el fiscal, contra el imputado, o si, por el contrario, se debe reconocer a la víctima un rol más activo y significativo. Esto podría derivar en la implementación de mecanismos de justicia restaurativa o el fortalecimiento del papel de la víctima, de manera que su participación tenga un impacto real en el proceso de enjuiciamiento.

El Ejecutivo está impulsando una antigua obligación constitucional al crear el Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas. Esta iniciativa busca abordar dos deficiencias fundamentales del sistema procesal. En primera instancia, pretende contribuir de manera eficaz a la defensa de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos que no disponen de medios económicos para acceder a una defensa jurídica gratuita y de calidad. Lo anterior, permitirá a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad, especialmente en el ámbito económico, recibir la representación legal que merecen para garantizar un juicio justo.

Por otro lado, la creación de esta defensoría también busca desarrollar y fortalecer una garantía constitucional: brindar asistencia jurídica (social y psicológica) a las víctimas de delitos. Sin embargo, consideramos que esta medida, aunque positiva, no es suficiente. El actual sistema penal tiene la tendencia de considerar a la víctima como un mero interviniente, sin darle un papel central en el proceso. A menudo, las víctimas no sienten el respaldo ni la efectividad del sistema judicial, lo que puede generar una sensación de desamparo y frustración.

Es necesario que se tome una decisión institucional clara sobre el rol de la víctima en el proceso penal. Se debe definir si su papel debe limitarse a ser un participante secundario en un proceso que enfrenta a la sociedad, representada por el fiscal, contra el imputado, o si, por el contrario, se debe reconocer a la víctima un rol más activo y significativo. Esto podría derivar en la implementación de mecanismos de justicia restaurativa o el fortalecimiento del papel de la víctima, de manera que su participación tenga un impacto real en el proceso de enjuiciamiento.

De no abordarse esta cuestión, es probable que se mantengan o incluso se incrementen los niveles de insatisfacción y deslegitimación del sistema penal. Además, es importante señalar que el sistema de enjuiciamiento criminal requiere reformas, tanto en términos de carga de trabajo como en aspectos procesales, ya que no está preparado para enfrentar la criminalidad organizada, sofisticada y cada vez más violenta que vivimos. Es urgente realizar estos cambios para garantizar un sistema de justicia que esté a la altura de los desafíos actuales y que ofrezca respuestas adecuadas y efectivas a las víctimas y a la sociedad en su conjunto.

En virtud de lo expuesto, es crucial resaltar la importancia de espacios como las IV Jornadas Nacionales de Enseñanza Clínica del Derecho, organizadas por la Red Nacional de Clínicas Jurídicas y que la Facultad de Derecho UDLA realizará en octubre. Estas actividades no solo facilitan el intercambio de conocimientos entre académicos y estudiantes, sino que también permiten abordar de manera crítica y constructiva los progresos y retos en la enseñanza de la litigación, la negociación y la resolución alternativa de controversias.

En un contexto donde el acceso a la justicia en Chile sigue siendo un desafío, la discusión académica y la reflexión colectiva que surgen en estos espacios, son cruciales para avanzar en la educación jurídica y contribuir a un sistema jurídico más inclusivo y equitativo. (Santiago, 28 de septiembre de 2024)

 

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  1. el procedimiento penal actual, eufemísticamente llamado garantista, está establecido derechamente a favor del delincuente. Entre otras linduras, el fiscal puede pedir también el sobreseimiento, al igual que el defensor, lo que naturalmente es pega de este último. O sea, los dos grandes intervinientes, ambos a favor del delincuente. ..es como si por el contrario, ambos pidieran pidieran la condena del delincuente…¿no habría algo de antinatural ??