En fallo unánime.
Corte de Santiago rechaza recurso de protección presentado en contra de la Superintendencia de Casinos de Juego.
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la autoridad reguladora al encargar y difundir “catastro de máquinas de azar que operan fuera de la normativa de casinos”.

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por la Asociación Gremial de Operadores, Fabricantes e Importadores de Entretenimientos Electrónicos (FIDEN A.G.) en contra de la Superintendencia de la Casinos de Juegos (SCJ).
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que «aparece que la recurrida, dentro sus facultades encargó un estudio sobre materias de su competencia -acto en todo caso que no es materia de reproche en estos antecedentes- y luego compartió su contenido con aquellos órganos que pudieren tener competencias específicas en relación a lo constatado y, que de otro lado, la Asociación recurrente ha cuestionado a través de otras acciones el contenido del comunicado y con anterioridad al mismo ha presentado demandas en relación a la modificación al «Catálogo de juegos en los Títulos y Juegos que señala» y a informes que dicen relación con el alcance de los juegos de azar”.
Enseguida el fallo señala “que el recurso de protección supone que su interposición lo sea por el afectado, aspecto que en el caso que se examina no se vislumbra pues, tal como informa la recurrida en el catastro se excluyen los lugares pequeños y de barrio o aquellos que en su giro no fueran atingentes en forma directa a las máquinas electrónicas de juego, amén de no poder vincular el comunicado ni con el señor Salazar, Fiden A.G. o sus asociados, lo que descarta la legitimidad activa que se requiere para recurrir”.
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