Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS condena al Fisco a pagar indemnización a familiares de víctimas de tsunami en Dichato.

El máximo Tribunal estableció la falta de servicio del Estado al levantar la alerta de tsunami, lo que provocó que los familiares de los demandantes abandonaran la zona segura donde se encontraban para regresar a su casa, ubicada en la zona que arrasó el maremoto.

Por Redacción·01 de diciembre de 2017·3 min de lectura
CS condena al Fisco a pagar indemnización a familiares de víctimas de tsunami en Dichato.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $100.000.000 a familiares de padre e hija que fallecieron producto del tsunami que asoló la localidad de Dichato, en la Región del Bío Bío, el 27 de febrero de 2010.

La sentencia sostiene que ante un escenario de falta de comunicaciones en razón de la catástrofe ocurrida, la actuación posterior del Intendente Regional, llamando a la calma e instar a la población a regresar a sus casas descartando la ocurrencia de un tsunami, es, precisamente, la conducta que constituyó la falta de servicio atribuida por los sentenciadores del fondo, puesto que al tener presente las circunstancias concurrentes y la nula información que se manejaba tras el terremoto, no podía racionalmente efectuar recomendaciones a la población que tácitamente sugerían que podían acercarse al mar, donde se emplazan las viviendas de los sectores costeros, como en Dichato, no obstante que habían decidido refugiarse intuitivamente en los sectores más altos, de modo que aquellos llamados del Intendente de la VIII Región, en dos entrevistas dadas a Radio Bío Bío en la madrugada del 27 de febrero de 2010, a las 5:01 y 5:19 de la mañana, informando que según lo afirmado por el aludido Contralmirante, se había descartado la ocurrencia en un horizonte próximo de un tsunami, es, precisamente, la falta de servicio que provoca la responsabilidad del Estado.

La resolución agrega que es un hecho de la causa, que se levantó la alerta de tsunami mucho antes de siquiera tener certeza de las características del sismo y si éste reunía o no las particularidades para generar un maremoto, información que proviniendo de la Autoridad y de personal naval experto, es racionalmente plausible que tuviera el poder persuasivo suficiente para que parte de la población obedeciera sus instrucciones y se amparara en sus consejos, llamando la atención, como acertadamente lo señalan los sentenciadores del fondo, que quienes se mostraron renuentes a obedecer las órdenes de la Autoridad, fueron quienes salvaron sus vidas o al menos, no sufrieran lesiones.

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