Deber de previsión no fue íntegramente satisfecho.
CS confirma multas a empresa de electricidad por interrupción del servicio en Licantén, Vichuquén y Curepto.
No se mantuvieron despejadas las franjas adyacentes a los tendidos eléctricos para evitar interrupciones en el servicio.

La Corte Suprema ratificó las multas de 500 y 300 UTM aplicadas a la empresa transmisora de electricidad Transnet por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), por la interrupción del servicio en las comunas de Licantén, Vichuquén y Curepto, en agosto de 2015, tras establecer que la empresa tiene la responsabilidad de mantener despejada las franjas adyacentes a los tendidos eléctricos para evitar interrupciones en el servicio ante el evento de condiciones climáticas adversas.
La Corte de Apelaciones de Talca había rechazado la reclamación deducida por la empresa en contra de la Resolución Exenta N°14.031, de 23 de junio de 2016, con declaración que las multas impuestas por dos de los cargos formulados en el dictamen impugnado se rebajaban a 200 UTM y 100 UTM, dejando sin efecto la sanción impuesta por la tercera imputación, sin costas.
No resultan atendibles, razona el máximo tribunal, las alegaciones efectuadas por la reclamante respecto al modo como debía cumplir su obligación de podar y talar árboles y de mantener los espacios mínimos entre éstos y el tendido eléctrico, que en el caso se constató era de 18 metros en relación a árboles cuya altura alcanzaba 17,6 metros, puesto que la sanción impuesta se basó en el incumplimiento a la obligación de conservar las instalaciones en buen estado y en condiciones de evitar peligro para las personas y las cosas, por cuanto era obligación de la empresa incluir en sus programas de mantenimiento la poda o corte de los árboles que pudieran afectar la seguridad de sus instalaciones, como asimismo, mantener la accesibilidad a éstas mediante trabajo de corte y despeje de árboles que, eventualmente, pudieran constituir un obstáculo para la pronta llegada a la zona afectada, mediante su coordinación con los servicios respectivos, incluyendo la Dirección de Vialidad y las Municipalidades, comprendiendo, por cierto, la buena conectividad con el lugar en que sus instalaciones se ubican y más aún si con antelación se había advertido a la comunidad, a las autoridades y prestadores de servicios, acerca de la aproximación de un frente de mal tiempo que traería fuertes vientos y gran cantidad de agua lluvia.
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