En fallo dividido.
CS confirmó sentencia que acogió nueva protección contra FOSIS por poner término anticipado a «contrata» de funcionaria.
El fallo fue acordado con los votos en contra de la Ministra Sandoval y el Abogado Integrante Matus quienes fueron del parecer de revocar la sentencia en alzada y de rechazar el recurso de protección en virtud de sus propios argumentos.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida en contra de FOSIS por poner término anticipado a “contrata” de funcionaria en un proceso de despidos masivos.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y su derecho de propiedad. Respecto del primero, refrenda la idea de una falta de fundamentación de la resolución que impugna, vulnerando el derecho a una debida defensa frente a la invocación de argumentos genéricos y vagos para justificar el cese anticipado de su contrata. En relación con el segundo, afirma que no puede sino considerarse que ha sido sometida a un trato desigual, basado en diferencias arbitrarias. Finalmente, respecto del derecho de propiedad, indica que se le ha despojado de todo aquello que le corresponde como trabajador y funcionario público, puesto que debía permanecer en el cargo hasta fines de diciembre del presente año, unido a la legítima expectativa de que su cargo sería renovado, como ha acontecido desde el año 2001.
Cabe recordar que la Corte de Santiago expuso en su sentencia que, respecto a la Resolución, puede apreciarse que esta no presenta fundamentos sólidos para poner término a la contrata de que se trata, no resultando suficiente señalar “…por no ser necesarios sus servicios”. Es decir, expone que dicha Resolución no es fundada y no tiene asidero ni razón alguna que la fundamente.
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