Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Intendente de la Araucanía por realizar Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en la Araucanía sin consulta al Pueblo Mapuche.
La parte recurrente estimó vulneradas la igualdad ante la ley.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, y rechazó la acción de protección deducida por la parte recurrente, en contra del Intendente de la Región de la Araucanía, por haber implementado el “Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en la Araucanía”.
La parte recurrente señala que dedujo acción de protección en contra del Intendente de la Región de la Araucanía, por supuestamente haber llevado adelante de modo ilegal y arbitrario el denominado “Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en la Araucanía” sin consultar al pueblo Mapuche al respecto.
La parte recurrente estimó vulnerados la igualdad ante la ley; por no haber establecido un plano de igualdad que permitiera participar al Pueblo originario Mapuche en condiciones simétricas en la construcción del acuerdo, hoy ya publicado y en ejecución.
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