Por unanimidad.
CS declaró admisible amparo deducido en favor de anciano internado en casa de reposo por voluntad de su hijo.
El fallo concluyó revocando la sentencia impugnada y declaró que la acción de amparo es admisible.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada por la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de amparo deducida por la conviviente de un anciano que fue internado en una casa de reposo por uno de sus hijos.
La sentencia del máximo tribunal señala que, “del texto del recurso aparece que la situación descrita constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política, por lo que su mérito deberá decidirse al conocer del fondo de la acción deducida.”
Por lo anterior, el fallo concluye revocando la sentencia impugnada y declaró que la acción de amparo era admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la misma Corte de Santiago darle la tramitación que en derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido.
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