Cambio en la tendencia jurisprudencial.
“El Tribunal Constitucional abdica; la acción de inaplicabilidad a la baja”, se titula un informe de Observatorio Judicial, que constata la disminución de las acciones de inaplicabilidad interpuestas ante la Magistratura Constitucional.
Recientemente se ha podido observar un marcado descenso en el número de acciones de inaplicabilidad presentadas ante el Tribunal Constitucional. Una marcada disminución de las acciones declaradas admisibles, así como también de las que son acogidas. Mientras que, en 2021, el Tribunal admitió a trámite un 82% y acogió, en definitiva, un 86% de las acciones de inaplicabilidad interpuestas, en 2023 estos porcentajes se redujeron a un 65% y un 30%, respectivamente.

En un reciente informe publicado por Observatorio Judicial titulado, “El Tribunal Constitucional abdica; la acción de inaplicabilidad a la baja”, se da cuenta de la disminución de las acciones de inaplicabilidad admitidas trámite y, consecuentemente, de las acogidas.
Se inicia la publicación señalando que los expertos que conocen bien el Tribunal Constitucional, suelen repetir una frase: “el TC es un tribunal de inaplicabilidades”. Enseguida, se explica el alcance de esta acción y su importancia en la defensa de la Constitución. Ello porque la misma permite cuestionar la validez de una norma en un caso particular. Se usa cuando el juez o las partes creen que una norma que se está aplicando en un proceso judicial es inconstitucional y que, por lo tanto, no debería aplicarse en ese caso específico. Año tras año, el porcentaje de ingresos por acciones de inaplicabilidad supera el 90% de las causas que conoce el TC y constituyen la principal ocupación de sus integrantes.
Su importancia, indica la publicación, radica en que la acción de inaplicabilidad es crucial para la vigencia de la Constitución porque actúa como el principal mecanismo de control de constitucionalidad represivo, esto es, posterior a la entrada en vigencia de las normas.
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