Activismo judicial, judicialización de la política o gobierno de los jueces.
“El recurso de protección como instrumento del activismo judicial”, es el título de un informe publicado por el Observatorio Judicial.
Propone medidas, no para acabar con el activismo judicial, pero sí para contenerlo y darle un mejor cauce institucional a las presiones subyacentes. Algunas de estas medidas debieran modificar directamente la normativa del recurso de protección, mientras que otras son modificaciones de carácter general que impactan en la manera de resolver las protecciones por parte de los jueces.

El informe publicado por el Observatorio Judicial, que lleva por título “El recurso de protección como instrumento del activismo judicial”, señala terminado el proceso constitucional ninguna de las propuestas constitucionales que incidían en el recurso de protección fue aprobada. Pero esto no significa que los problemas detectados durante los años de debate constitucional hayan encontrado respuesta. En concreto, el diseño del recurso de protección o acción de protección muestra, se afirma, algunas falencias que es importante corregir, atendida la enorme relevancia de esta acción judicial.
Agrega la publicación que la acción de protección ha sido una gran herramienta para la defensa de los derechos de las personas. Desde su creación en el Acta Constitucional de 1976 y su posterior consagración en el artículo 20 de la Constitución de 1980, el recurso de protección ha sido fundamental para defender la vigencia de los derechos fundamentales, sin lo cual serían meras declaraciones de buenas intenciones y no podría decirse que se trata propiamente de derechos. Así lo consignó la propia Acta Constitucional que estableció el recurso, señalando que, “por muy perfecta que sea una declaración de derechos, éstos resultan ilusorios si no se consagran los recursos necesarios para su debida protección”.
Además, al conocer de estas acciones, las cortes de apelaciones del país cumplen una función fundamental de contrapeso institucional a la administración del Estado en protección de la legalidad y de las garantías constitucionales, y es indispensable que sigan ejerciendo esa tarea, se afirma.
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