Opinión
Enseñar derecho en tiempos de desconfianza institucional, por Paulina Gutiérrez Peña
La autora reflexiona sobre los desafíos de enseñar derecho en un contexto de creciente desconfianza institucional, analizando la tensión entre norma y realidad que hoy atraviesa la educación jurídica. Sostiene que la tarea docente no consiste en negar las fallas del sistema ni en renunciar a la exigencia normativa, sino en mantener abierta la pregunta por el sentido del derecho como límite efectivo al poder.

En los últimos años, y con particular crudeza en el último tiempo, enseñar derecho se ha vuelto una experiencia marcada por una cierta perplejidad. No por la complejidad de los contenidos, sino por la dificultad de explicar el sentido mismo de las instituciones cuando estas aparecen reiteradamente cuestionadas por casos de cohecho, lavado de activos, tráfico de influencias o falta de control efectivo. La pregunta se instala inevitablemente en el aula, a veces de forma explícita y otras en silencio: ¿cómo enseñar que el sistema funciona cuando la experiencia cotidiana parece indicar lo contrario?
No se trata solo de una crisis de imagen institucional. Se trata, además, de una crisis pedagógica. Quienes enseñamos derecho ya no hablamos ante estudiantes que presuponen la corrección del sistema o su funcionamiento regular. Hablamos ante generaciones formadas en la sospecha, en la desconfianza y en la constatación empírica de que las reglas no siempre se aplican de igual modo para todos. Y esa constatación no es fruto de la ignorancia, sino del acceso constante a información, filtraciones de carpetas investigativas, denuncias periodísticas y decisiones judiciales que exhiben con crudeza las grietas del sistema.
Frente a este escenario, la enseñanza del derecho suele oscilar entre respuestas que, aunque opuestas en apariencia, comparten una misma dificultad.
La primera es la negación, continuar enseñando como si nada ocurriera, repitiendo fórmulas normativas sobre independencia judicial, imparcialidad, debido proceso o sistemas de control, sin hacerse cargo de la distancia evidente entre ese ideal y la realidad que, día a día, impone la contingencia de turno. Esta forma de enseñanza hoy suena vacía, no convence, no interpela y, peor aún, erosiona la credibilidad del propio discurso jurídico, porque exige asentimiento allí donde la experiencia invita a la sospecha.
La segunda respuesta es el pesimismo, asumir que el sistema está irremediablemente capturado, que el derecho no es más que una retórica al servicio del poder y que la institucionalidad funciona solo como una fachada. Desde esta perspectiva, enseñar derecho se reduce a describir un entramado de dominación en el que ya no hay espacio para la normatividad, la técnica ni la exigencia institucional. El problema aquí no es la crítica, que resulta no solo legítima sino necesaria, más bien el momento en que esa crítica se vuelve definitiva y clausura toda pregunta por la respuesta jurídica posible, cuando el diagnóstico se transforma en punto final, el derecho deja de ser un problema y pasa a ser un dato sin consecuencias.
Ambas respuestas, por razones distintas, son profundamente problemáticas para la enseñanza del derecho.
En un caso, porque se desconoce la realidad; en el otro, porque se la asume como inmodificable, es decir, o se enseña como si nada ocurriera, o bien como si nada pudiera hacerse. En ambos, el derecho pierde su carácter de orden normativo exigible y se transforma, ya sea en un discurso tranquilizador o en una descripción resignada.
Entre estas dos posiciones no se abre, sin embargo, una respuesta inmediata ni un camino claramente trazado. Lo que aparece, más bien, es una tensión difícil de resolver: cómo seguir enseñando derecho sin negar sus fallas, pero también sin renunciar a la posibilidad de exigirle algo. Cómo evitar tanto la defensa acrítica de las instituciones como su abandono intelectual. Cómo sostener la enseñanza de un saber normativo cuando las propias instituciones que lo encarnan parecen, al menos en ocasiones, desmentirlo.
Enseñar derecho hoy obliga a hacerse cargo de la distancia entre norma y realidad, no para ocultarla ni para minimizarla, pero tampoco para naturalizarla como si fuera un dato irrelevante. Esa distancia, que siempre ha existido, se ha vuelto más visible y más difícil de eludir. Ignorarla debilita el discurso jurídico; asumirla sin más, lo vacía de contenido. La dificultad está en sostenerla como problema, no como excusa.
Desde esta perspectiva, no se trata de legitimar las instituciones ni de convencer de su corrección. No es necesario presentarlas como incuestionables para que el derecho tenga sentido. Lo que resulta central es comprenderlas en su funcionamiento normativo, identificar sus fines y límites, analizando las consecuencias jurídicas de su mal funcionamiento. El problema no es que existan desviaciones institucionales, esas siempre han existido, sino que estas queden fuera del análisis jurídico o se consideren irrelevantes para la enseñanza, cuando eso ocurre, el derecho deja de operar como un sistema de límites y se reduce a un lenguaje que simplemente acompaña el ejercicio del poder.
Paradójicamente, la crisis de confianza en las instituciones no vuelve innecesaria la enseñanza del derecho, pero sí introduce una incomodidad difícil de eludir. Mientras las instituciones funcionan de manera más o menos regular, la enseñanza puede concentrarse en la exposición de normas y procedimientos sin que su ejecución efectiva se vuelva un problema central. Cuando esas condiciones se alteran, en cambio, la distancia entre la estructura normativa y su aplicación se vuelve más visible, obligando a preguntarse qué lugar ocupa el derecho cuando sus propias reglas no parecen operar como se espera.
En este escenario, el rol del profesor o profesora de derecho no parece ser ni el de blindar a las instituciones ni el de demolerlas simbólicamente ante el estudiantado, su tarea es, más bien, sostener la pregunta por el sentido del derecho en contextos adversos, mostrar cómo operan las categorías jurídicas incluso cuando el sistema falla y evitar que la crítica se convierta en pura impotencia. No se trata de transmitir fe, pero tampoco de enseñar indiferencia.
Las reglas, los procedimientos y las garantías no son adornos retóricos ni promesas vacías. Siguen siendo, con todas sus limitaciones, las únicas herramientas disponibles para enfrentar el poder, incluso cuando ese poder se ejerce de manera desviada desde dentro del propio sistema. Por eso, lo relevante no es afirmar que las instituciones funcionan, sino observar qué ocurre cuando quienes las integran deben responder conforme a las mismas reglas que rigen para todos.
De ahí la importancia jurídica, no simbólica ni moral, de que incluso una jueza de la República enfrente la justicia en condiciones de igualdad, sin privilegios ni excepciones, no porque ello restablezca confianzas ni repare por sí solo los daños institucionales, sino porque recuerda algo elemental: que nadie debería sentirse intocable y que la sensación de impunidad, cuando se instala, no solo debilita a las instituciones, sino que emerge la duda sobre si el derecho sigue siendo algo más que un lenguaje normativo meramente formal, desprovisto de fuerza obligatoria real.
Tal vez enseñar derecho hoy consista, entonces, en no cerrar estas preguntas demasiado rápido, en aceptar la perplejidad no como un defecto, sino como una condición de la enseñanza jurídica en contextos de cuestionamiento institucional. Porque el riesgo no es la duda, ni siquiera la desconfianza, sino el vaciamiento del derecho como orden normativo capaz de operar efectivamente como límite. Y quizá ese sea el problema mayor: no la perdida de fe en las instituciones, sino que se vuelva costumbre que ciertas reglas dejen, simplemente, de importar.
Paulina Gutiérrez Peña
Abogada
Profesora de derecho penal de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica del Norte, sede Coquimbo
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