Diario Constitucional

Corte Suprema anula sentencia, con votos en contra.

Inmueble adquirido a título gratuito ingresa al haber propio del cónyuge adquirente, no al haber social de la sociedad conyugal.

Adquirió un bien inmueble por prescripción de acuerdo a las disposiciones del DL N° 2695 y que posteriormente vendió, pero al momento de inscribir la compraventa, el Conservador de Bienes Raíces rechazó la inscripción, sosteniendo que el vendedor se encontraba casado bajo el régimen de sociedad conyugal, circunstancia que importaría que el bien raíz sea considerado social y no del haber propio del cónyuge.

Por Redacción·30 de abril de 2024·5 min de lectura
Inmueble adquirido a título gratuito ingresa al haber propio del cónyuge adquirente, no al haber social de la sociedad conyugal.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó el fallo de base dictado por el Segundo Juzgado Civil de la ciudad, referido al reclamo efectuado por un cónyuge, casado en régimen de sociedad conyugal, ante la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante a practicar la inscripción de un bien raíz adquirido a título gratuito.

El recurrente expone que adquirió un bien inmueble por prescripción de acuerdo a las disposiciones del DL N° 2695 y que posteriormente vendió la propiedad, sin embargo, al momento de inscribir la compraventa, el Conservador de Bienes Raíces rechazó la inscripción, sosteniendo que el vendedor se encontraba casado bajo el régimen de sociedad conyugal, circunstancia que importaría que el bien raíz sea considerado social y no del haber propio del cónyuge, atendido que comenzó a ser poseído durante la vigencia de la sociedad conyugal, por lo que necesitaría autorización de su cónyuge.

Alega diversos errores en la sentencia que impugna, al estimar como infringidos los artículos 15 incisos primero y segundo del D.L. Nº 2.695 de 1979, los artículos 1726 inciso primero, 1732 inciso primero y 2492 inciso primero del Código Civil, y los artículos 12 y 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.