Opinión.
Ley Karin y protección de la salud mental a propósito de un reciente caso, por Gabriel Parra.
Resulta notorio el aumento exponencial de denuncias a partir de la entrada en vigencia de la ley Karin, donde sólo en un semestre de operatividad, casi se triplica el numero de denuncias respecto de todo el año anterior.

El 1 de agosto de 2024 entró en vigencia la Ley Nº 21.643, también conocida como «Ley Karin», la cual introduce modificaciones sustantivas en el Código del Trabajo, la Ley N°18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado, Ley N°18.834 de Estatuto Administrativo, su gemela N°18.883 de Estatuto Administrativo Municipal y la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de municipalidades, con el objetivo de robustecer la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, acoso sexual y la violencia en el trabajo. La aprobación de esta ley responde a la creciente preocupación sobre la precarización del ambiente laboral y sus repercusiones en la salud mental de los trabajadores, estableciendo un marco normativo más estricto y garantista. Como es sabido, la Ley N° 21.643 “Ley Karin”, fue así denominada en memoria de Karin Salgado, funcionaria TENS del Hospital de Chillán que lamentablemente se suicidó el 12 de noviembre de 2019, dejando una carta en la que relataba haber sufrido acoso laboral por parte de superiores jerárquicos.
A cinco meses de su implementación y con el impacto que significó el caso mencionado en el título que encabeza este artículo, parece pertinente realizar un análisis de su aplicación práctica, su efectividad y los desafíos que aún persisten.
La Dirección del Trabajo (DT) ha presentado un primer balance sobre la aplicación de la normativa, revelando cifras y problemáticas clave en su cumplimiento [1]. Considerando el período entre la entrada en vigencia de la ley hasta el 31 de diciembre de 2024 (sólo en el sector privado), el reporte de la DT refiere 9.151 denuncias, de las cuales 3.804 se encuentran en proceso de fiscalización activa, las que a su vez el 67,8% han sido formuladas por mujeres y el 30,5% por hombres. En cuanto a las causales, y sobre el mismo total de denuncias en proceso de fiscalización activo, la gran mayoría corresponde a acoso laboral, que concentra el 86,7%. Mientras, el 6,6% son por acoso sexual y el 6,7% a acciones violentas.
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