Juzgado Federal de Santa Rosa.
Tribunal argentino rechazó amparo mediante el cual se pretendía que no se le obligara a personas a vacunarse contra el COVID-19.
La Magistratura trasandina adujo que, en relación a la vacuna contra el COVID-19, es necesario destacar que si bien el Congreso sancionó una ley de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el covid-19, esta no hace referencia alguna a la supuesta obligatoriedad de su aplicación.

El Juzgado Federal de Santa Rosa, en Argentina, rechazó amparo mediante el cual se pretendía que no se le obligara a personas a vacunarse contra el COVID-19.
Respecto a los hechos, consta que se interpuso acción de Amparo contra el Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional Y El Ministerio De Salud De La Nacion a fin de que se declare inaplicable a sus representados y no se les aplique ningún tipo de sanción previa en la misma, la Ley de Vacunación Obligatoria 27.491, y toda otra similar y con el mismo propósito tanto nacional como local, ni que se los obligue a la misma para ningún tipo de actividad, tanto privada como pública, solo a modo ejemplificativo pero no limitativo, como viajar, asistir a conciertos, clubes, de modo que no se les aplique ninguna vacuna que no autoricen expresamente a recibir.
Asimismo, manifestó que la Ley 27491 le da al Estado la potestad de exigir el cumplimiento del calendario de vacunación «obligatoria», y que ahora se pretende hacer aplicación obligatoria de la vacuna del COVID 19, que por el momento se trata de un intento de hecho, con constantes idas y venidas en las declaraciones de las máximas autoridades públicas tanto nacionales como provinciales.
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