Diario Constitucional

Seguridad pública y estado

Jaime Guzmán y la Seguridad

A propósito del proyecto de reforma constitucional que busca incorporar expresamente la seguridad pública entre los deberes del Estado, la opinión revisa el pensamiento de Jaime Guzmán sobre esta materia y su vínculo con el bien común, los estados de excepción, la actuación de los tribunales y la protección de los derechos de las personas. Desde esa perspectiva, plantea que enfrentar la criminalidad exige fortalecer las instituciones y alcanzar acuerdos políticos capaces de entregar mayores condiciones de seguridad a la población.

Por Cristián Letelier Aguilar·20 de agosto de 2026·4 min de lectura
Jaime Guzmán y la Seguridad
Referencial

El debate constitucional que originará en la sociedad jurídica respecto al proyecto de reforma constitucional que incluirá un inciso en el artículo 1° del texto fundamental la seguridad pública como un deber más del Estado, hace oportuno recordar la concepción que Jaime Guzmán tenía acerca de la materia.

En diversos documentos el profesor Guzmán consigna su pensamiento acerca de la seguridad, especialmente referida al valor que tiene ella en el texto constitucional. Al efecto, tres son los aspectos o formas que hacen robustecer la seguridad en las personas. Una de ellas es el combate resuelto al terrorismo ,por eso es que la Constitución declara que ese flagelo, en cualquiera de sus formas, por esencia es contrario a los derechos humanos, Aunque las acciones de violencia perpetradas por organizaciones criminales no constituyen propiamente actos terroristas ,no obstante quien haya sido víctima de los denominados” portonazos” o ”encerronas” en que les despojaron de los bienes que llevaban consigo al momento de producirse el ilícito, pueden relatar el miedo y el grave temor que padecieron. Ese terror sufrido, contiene ciertas circunstancias propias del acto terrorista. Es el derecho penal grave.

Otro elemento que -según Guzmán-contiene la Carta Fundamental como parte de la Seguridad son los regímenes de emergencia, al consagrarse cuatro estados de excepción constitucional, ellos se gradúan adecuadamente, atendida la gravedad de la situación que la República pudiera afectarle, abordados en forma clara y realista. Expresando que “No podemos prescindir de la evidencia de que el mundo actual está amenazado por múltiples formas de violencia y subversión…Dicha realidad se presenta particularmente peligrosa” (la Definición Constitucional, Revista Realidad N°3 año 2, agosto 1980). Se advierte que aquello se ha agudizado, sobre todo en lo referido al delito contra las personas y sus bienes. Otro pilar que sustenta la seguridad en el texto fundamental lo constituye el imperio de los tribunales de justicia, que al entender del constitucionalista, los fallos dictados por este poder del Estado son vitales en la defensa de los derechos de las personas. Agregaríamos a ello, en la actual realidad delictiva que afecta al país, la importante función del Ministerio Público y las policías en la persecución del delito.

La relevancia del cumplimiento de la obligación, por parte del Estado, de dar protección a la población y a la familia y de resguardar de la seguridad nacional dice relación directa, según el jurista Jaime Guzmán, con el ejercicio de los derechos cotidianos de las personas ,lo cual se gráfica, desde nuestra óptica, con sucesos tales como transitar libre y tranquilamente por las calles y plazas de sus barrios, ir a dejar a sus hijos al colegio sin ser víctimas de asaltos y tener una vida pacífica en sus casas sin ser sorprendidos por bandas delictivas que ingresan con denudada violencia a sus domicilios a altas horas de la madrugada. Hechos que se repiten con mayor asiduidad que la deseada si escrutamos tasas de criminalidad existentes en países desarrollados.

En cuanto a la seguridad nacional, el profesor Guzmán sostenía que ella es un concepto que integra el bien común. De manera que al establecer el artículo 1°constitucional que es deber del Estado resguardarla “está aludiendo a uno de los diversos elementos del bien común y jamás podría propiciarse como un fin equivalente, ni menos superpuesto, a éste. Allí radica, señala Jaime Guzmán, la clave de su plena concordancia con los valores inherentes a la dignidad humana, y con las bases esenciales de un régimen democrático, como el que establece el resto del articulado de la misma Constitución Política”(Seguridad Nacional en la Constitución de 1980, intervención del abogado Jaime Guzmán, Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos,18 de julio de 1985).

De lo manifestado por Guzmán, se infiere, con claridad, que no existirán condiciones sociales que permitan la plena realización personal de los integrantes de la comunidad nacional, sí el país continúa con los hechos de violencia delictual que le afectan, costando muchas vidas especialmente de niños. Los índices de criminalidad tienen que alcanzar parámetros semejantes a los países más avanzados en el combate a la delincuencia. Para alcanzar un real éxito en tan magno propósito, se requiere un consenso de los actores políticos, obedeciendo a un compromiso moral, coadyuven en el diseño de medios convenientes para superar la actual realidad en materia delictiva. Así se estará fortaleciendo el sistema democrático, puesto que los ciudadanos advertirán una mejora en su calidad de vida.

Por consiguiente, lo manifestado por Jaime Guzmán respecto a la Constitución y la Seguridad, como siempre, es iluminador y debe considerarse, a la hora de enfrentar el problema agudo que el país presenta en materia de criminalidad.

Cristián Letelier Aguilar

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.