Diario Constitucional

Reducción de penas por tiempo

Media prescripción

La norma del artículo 103 del mismo Código establece un beneficio temporal objetivo denominado impropiamente “media prescripción”, ya que su naturaleza es absolutamente diferente al de la prescripción, pues trabaja sobre el elemento temporal no para extinguir la responsabilidad penal como en la prescripción, sino que para reducir la pena imponible.

Por Adolfo Paúl·16 de junio de 2022·1 min de lectura
Imagen: abogadocivilpenal
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En un reciente fallo la Corte Suprema rechazó la aplicación de “media prescripción” a condenados por el caso Paine, lo que es constitutivo del delito de prevaricación tipificado en el artículo 223 del Código Penal.

La norma del artículo 103 del mismo Código establece un beneficio temporal objetivo denominado impropiamente “media prescripción”, ya que su naturaleza es absolutamente diferente al de la prescripción, pues trabaja sobre el elemento temporal no para extinguir la responsabilidad penal como en la prescripción, sino que para reducir la pena imponible.

Tal precepto establece una excusa legal absolutoria por el tiempo transcurrido sin haber completado el plazo de la prescripción, cuya fundamentación se encuentra en la inutilidad de la aplicación de la sanción y en lo insensato que resulta una pena muy alta para hechos ocurridos largo tiempo atrás, pero que deben ser sancionados, incidiendo en consecuencia en un castigo menor.

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