Diario Constitucional

CGR.

Carabineros de Chile debe velar porque elementos utilizados en carros lanza aguas tengan una estricta finalidad disuasiva y no lesionen a manifestantes.

La institución policial informó que se encuentra trabajando en un nuevo "Manual de Operaciones para el Control del Orden Público”.

Por Redacción·23 de marzo de 2022·3 min de lectura
Imagen: los40.cl
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El Diputado Amaro Labra consultó a la Contraloría General de la República, sobre la legalidad del proceso administrativo de elaboración y aprobación del «Manual de Operaciones para el Control del Orden Público” -aprobado por la Orden General N°2.125 de 2012, del General Director de Carabineros de Chile-, y sobre la toxicidad del agua utilizada por los carros lanza aguas, y uso desmedido de gases lacrimógenos e irritantes.

Respecto al proceso administrativo de elaboración y aprobación del Manual de Operaciones para el Control del Orden Público, el ente contralor señala que la autoridad policial, en su finalidad de desempeñar las funciones que le encomiendan la Constitución y la ley, se encuentra facultada para dictar Órdenes Generales a través de su Dirección General, y que los manuales que dicte con el fin de regular aspectos de orden práctico sobre alguna materia de su competencia -cuyas disposiciones rigen para toda la institución- deben ser aprobados por ese instrumento.

En tal sentido, indica que el manual en cuestión fue dictado conforme a la normativa procedimental vigente y, sin perjuicio de ello, la institución policial informó que se encuentra trabajando en un nuevo manual, con el objeto de actualizarlo y perfeccionarlo.

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