Requisitos.
CGR determinó que ley que permite acceder a gratuidad a quienes hayan obtenido una licenciatura de una carrera o programa de estudio conducentes a un título profesional, no aplica para licenciados del Programa College de la Universidad Católica.
El ente contralor adujo esto, pues el Programa College de la Pontificia Universidad Católica de Chile es de carácter terminal.

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, la Pontificia Universidad Católica de Chile, solicitando que se reconsidere el dictamen N° 30.941, de 2018, de este origen, el cual concluyó que el Ministerio de Educación actuó conforme a derecho al no renovar el acceso gratuito a la educación superior para cursar estudios a la persona que indica, ya que esta, al poseer una licenciatura del Programa College de dicha universidad, no cumplió con el requisito de no poseer una licenciatura terminal.
En particular, la recurrente argumenta que la citada licenciatura es intermedia, y no terminal, ya que es conducente a diversos títulos profesionales de esa universidad, por lo que quienes han obtenido el grado de licenciado en virtud del Programa College, tienen derecho al beneficio de la gratuidad en el financiamiento de la educación superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 103, letra b), de la ley N° 21.091.
En ese contexto, la requirente pide un pronunciamiento sobre la legalidad de la actuación del Ministerio de Educación, que no renovó el beneficio de gratuidad para el segundo semestre del año 2019 a 28 estudiantes que provenían del Programa College, sin notificación o comunicación alguna de parte de dicha secretaría de Estado, en la que expusiera las razones o motivaciones de tal decisión.
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