Diario Constitucional

Disponibilidad presupuestaria.

CGR determinó que procedimiento fijado por la ex CONICYT para la asignación de beneficios complementarios a las becas de doctorado en Chile se ha ajustado a derecho.

Esto, a propósito de solicitud del Senador Alejandro Guillier, quien pide un pronunciamiento en relación a si se ajusta a derecho el procedimiento de otorgamiento de beneficios adicionales o complementarios a quienes fueron favorecidos con la Beca de Doctorado Nacional, seguido por la entonces Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), actual Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID).

Por Redacción·16 de diciembre de 2020·2 min de lectura
CGR dictaminó que diploma de Oficial de Orden y Seguridad, Administrador de Seguridad Pública, otorgado por la Escuela de Carabineros de Chile lo no habilita para percibir el sobresueldo por título profesional universitario.
Referencial

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, el Senador Alejandro Guillier Álvarez, en conjunto con otros recurrentes, quienes solicitan un pronunciamiento en relación a si se ajusta a derecho el procedimiento de otorgamiento de beneficios adicionales o complementarios a quienes fueron favorecidos con la Beca de Doctorado Nacional, seguido por la entonces Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), actual Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID).

Estiman que el proceso para otorgar tales beneficios afecta el principio de confianza legítima, puesto que durante los años 2012 a 2018 aquellos se concedieron a todos los becarios de doctorado nacional que realizaron las solicitudes mediante un sistema de ventanilla abierta. Sin embargo, con posterioridad se modificó el mecanismo de postulación, afectando sus derechos sobre la materia.

Al respecto, el ente contralor adujo que de los antecedentes analizados se ha podido establecer que el procedimiento definido ha sido debidamente difundido y formalizado, asegurando a través de él que todos los interesados hayan podido postular en igualdad de condiciones. Asimismo, consta que se han aplicado los criterios de evaluación establecidos en la respectiva normativa concursal, los que exigen un examen tanto del mérito de la solicitud como de la existencia de recursos para su otorgamiento.

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