Diario Constitucional

En Zona Franca.

CGR se pronuncia sobre facultad de Intendente para destinar inmueble fiscal.

La CGR emplazó al Intendente de la XII Región, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Bienes Nacionales, definan el futuro del inmueble fiscal de que se trata.

Por Redacción·15 de marzo de 2016·3 min de lectura
CGR se pronuncia sobre facultad de Intendente para destinar inmueble fiscal.
Referencial

Se remitieron a la Contraloría General de la República –por parte de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena- las presentaciones de la Sociedad de Rentas Inmobiliarias Limitada (SRI Ltda.) -concesionaria de la Zona Franca de Punta Arenas-, mediante las que reclama la ilegalidad e ineficacia de la decisión del Intendente de esa unidad territorial que se desistió de anexar al referido recinto franco un terreno fiscal de 1.800 metros cuadrados, que había sido destinado al Ministerio de Hacienda con tal objeto.

Al efecto, el ente de control sostiene que, de los antecedentes tenidos en vista, fue posible vislumbrar que el recinto de la Zona Franca de Punta Arenas funciona en el sitio determinado por el decreto N° 275, que fijó sus límites periféricos, dentro de los cuales no se incluyó al inmueble fiscal colindante de que trata la presentación de la especie.

Asimismo, indica que fue posible observar que a través del acto administrativo aludido en el párrafo anterior, el Presidente de la República delegó en el Intendente de la XII Región, las facultades relacionadas con la concesión, administración y supervigilancia de la aludida zona franca.

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