Diario Constitucional

Sólo si se cumplen los requisitos.

CGR se pronuncia sobre procedencia de cobro de patente municipal por arriendo de inmuebles.

Expone la CGR que, en la medida que efectivamente los reclamantes realicen actividades gravadas con patente municipal, habrá procedido el cobro realizado por ese municipio.

Por Redacción·03 de febrero de 2015·3 min de lectura
CGR se pronuncia sobre procedencia de cobro de patente municipal por arriendo de inmuebles.
Referencial

Se interpuso ante la Contraloría General de la República -por parte de dos particulares- un reclamo contra la Municipalidad de Recoleta, por el cobro de patente comercial por la percepción, como personas naturales, de rentas de arrendamiento de inmuebles de su propiedad, los cuales, en su mayoría, habrían sido adquiridos por sucesión por causa de muerte.

Al efecto, el municipio informó que los recurrentes tendrían una sociedad de inversión, sin que se acompañen antecedentes que respalden dicha afirmación, y que estos realizarían actividades afectas al mencionado gravamen, según información proporcionada por el Servicio de Impuestos Internos, la cual se adjunta.

Por su parte, la CGR sostuvo que el artículo 23 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, prevé que el ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patente municipal. El artículo 24, inciso primero, de ese ordenamiento, a su vez, precisa que esta grava la actividad que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosco o lugar determinado con prescindencia de la clase o número de giros o rubros distintos que comprenda.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.