Diario Constitucional

Son normas de carácter ambiental.

CGR se pronuncia sobre protección de áreas de valor patrimonial reconocidas en los instrumentos de planificación territorial.

La Contraloría concluye indicando que se otorgue un permiso de edificación sobre un inmueble no constituye una limitación para que los instrumentos de planificación territorial definan o reconozcan áreas de valor patrimonial sobre el mismo inmueble.

Por Redacción·17 de febrero de 2017·4 min de lectura
CGR se pronuncia sobre protección de áreas de valor patrimonial reconocidas en los instrumentos de planificación territorial.
Referencial

La Contraloría General de la República procedió a revisar su jurisprudencia administrativa relativa al alcance que se ha dado a la expresión "áreas colocadas bajo protección oficial" contenida en el artículo 10, letra p), de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, atendida la incidencia de ese criterio en los proyectos a realizarse en áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural definidas o reconocidas en los instrumentos de planificación territorial.

Al efecto, el ente contralor aduce que las menciones específicas que señala el precepto en cuestión aluden únicamente a zonas de protección de recursos de valor natural, y no implica, por sí sola, que el intérprete deba restringir solo a esas zonas el alcance de las expresiones amplias que se consignan al final del mismo al referirse a obras, programas o actividades que se ejecuten en "cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial", especialmente si se considera que ello no se condice con la amplitud con que debe entenderse la garantía constitucional del artículo 19, N° 8°, de la Constitución Política, ni con el contexto de la ley N° 19.300 y los demás cuerpos normativos sobre materias ambientales, que la desarrollan.

Enseguida, expone el dictamen que tanto la Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el D.F.L. N° 458 de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -LGUC-, como la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), sancionada por el decreto N° 47 de 1992, de la misma cartera, contemplan disposiciones vinculadas a la protección de recursos de valor natural y patrimonial.

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