Dictamen
Contraloría instruye a Municipalidad de Punta Arenas regularizar nombramientos por uso reiterado de suplencias en cargos directivos
El órgano contralor determinó que los nombramientos de titulares por tiempo limitado y las suplencias sucesivas realizadas por la administración comunal infringieron la normativa municipal y los principios de eficiencia y eficacia del artículo 5° de la Ley N°18.575, instruyendo al municipio proveer los cargos vacantes mediante los procedimientos legales dentro de veinte días hábiles.

La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E167629N25, de fecha 3 de octubre de 2025, se pronunció sobre la legalidad de los nombramientos en calidad de titular por tiempo limitado y el uso reiterado de suplencias en la Municipalidad de Punta Arenas, conforme a las normas contenidas en las leyes N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y N°18.883 sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
El pronunciamiento tuvo origen en una denuncia presentada por concejales de la comuna y por la Asociación de Trabajadores Municipales de Punta Arenas (ASTRAMUPA), quienes acusaron la utilización irregular del mecanismo de suplencia en cargos directivos municipales. En respuesta, el alcalde sostuvo que los nombramientos efectuados —tanto titulares como suplentes— se ajustaban a derecho y tenían por finalidad optimizar recursos, sin exceder el plazo máximo de seis meses previsto para las suplencias.
En su análisis jurídico, la Contraloría recordó que los cargos de planta conforman la organización estable de la municipalidad, y que quienes sean nombrados titulares adquieren estabilidad en el empleo mientras no concurra una causal legal de expiración de funciones. Por tanto, no resulta procedente que los nombramientos de titulares se dispongan por un período limitado de tiempo.
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