Diario Constitucional

Suspensiones preventivas en sumarios administrativos

Contraloría instruye registrar las suspensiones preventivas en el SIAD para controlar sus plazos

La Contraloría General de la República impartió instrucciones a los organismos de la Administración del Estado y a las entidades sujetas a su fiscalización sobre el uso del Módulo de Suspensiones Preventivas del Sistema de Inspección de Acciones Derivadas (SIAD).

Por Redacción·15 de octubre de 2026·2 min de lectura
Contraloría instruye registrar las suspensiones preventivas en el SIAD para controlar sus plazos
Referencial

La Contraloría General de la República impartió instrucciones a los organismos de la Administración del Estado y a las entidades sujetas a su fiscalización sobre el uso del Módulo de Suspensiones Preventivas del Sistema de Inspección de Acciones Derivadas (SIAD).

El instructivo se relaciona con las disposiciones impartidas mediante el Instructivo N°IN29/2026, de 16 de septiembre de 2026, sobre sumarios administrativos, investigaciones sumarias y otros procedimientos. En ese documento, la Contraloría advirtió que, en algunos casos, los fiscales sumariantes exceden largamente los plazos de tramitación de los sumarios y de mantención de las suspensiones preventivas que decretan.

Por ello, se instruyó que las resoluciones de los fiscales que dispongan una suspensión preventiva o la dejen sin efecto sean informadas en el SIAD dentro de tercer día desde su emisión. La medida busca asegurar el control oportuno de su mantención y vigencia, atendido su carácter provisional y temporal.

El nuevo instructivo precisa cómo debe utilizarse el módulo destinado a ese seguimiento. La Unidad de Seguimiento de Fiscalía de la Contraloría tiene a su cargo la revisión y trazabilidad, en el SIAD, de las acciones derivadas de informes de fiscalización y oficios dirigidos a los organismos sujetos a su control.

La correcta utilización del módulo corresponderá al encargado de la Unidad de Auditoría Interna, de Control Interno o de la Dirección de Control de cada entidad, bajo el perfil de “supervisor”. También deberá reportar oportunamente las altas y bajas de los usuarios autorizados, para permitir el monitoreo de los plazos de las suspensiones registradas.

Por su parte, el fiscal instructor será responsable, mediante su perfil en el sistema, de registrar las suspensiones preventivas que decrete y actualizar la información sobre sus plazos y vigencia.

La Contraloría indicó que tanto el supervisor como el fiscal instructor deben solicitar la asignación de sus respectivos perfiles de usuario, proporcionando su nombre, apellidos, RUT, correo electrónico, entidad y cargo. Una vez otorgado el perfil, el ingreso al SIAD se realiza con Clave Única a través del portal institucional.

El módulo contempla un buscador de funcionarios suspendidos y una opción para registrar los datos del funcionario, la individualización y estado de tramitación del procedimiento disciplinario y su situación durante la suspensión. Además, permite cargar los actos administrativos de inicio del sumario, de suspensión y de levantamiento de la medida.

Tras el ingreso de esa información, el sistema genera automáticamente el conteo de los días de suspensión y alertas sobre los plazos de 30, 60 o más días, así como sobre el levantamiento de la medida dentro o fuera de plazo.

Finalmente, el instructivo dispone que las autoridades y jefaturas den publicidad a estas instrucciones y velen por su cumplimiento. La creación de los perfiles de usuario deberá solicitarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del instructivo. La guía de uso del módulo se encuentra disponible en la sección del SIAD del portal de la Contraloría.

Vea texto del Instructivo N°IN30N26.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.