Reconsideración dictamen N°.15806/16 rechazada.
Contraloría no puede examinar los méritos o conveniencia de las pensiones de gracias otorgadas por el Presidente de la República, dictamina Contralora (S).
Corresponde a una atribución de la máxima autoridad del país, discrecional y exclusiva.

El Presidente de la Agrupación de ex trabajadores de ENACAR, solicitó a la Contraloría General de la República reconsidere el dictamen N°E260052/22, mediante el cual desestimó su petición de ordenar el cumplimiento del dictamen N°15806/16 y remitir al Ministerio del Interior su solicitud de información relativa a la concesión de pensiones de gracia que han sido concedidas, a partir del año 2013, a los ex trabajadores del carbón.
El líder gremial expresó, que si bien reconoce que el otorgamiento de los referidos beneficios constituye una atribución exclusiva del presidente de la República, en su apreciación jurídica, Contraloría tiene la obligación de investigar las razones por las que se entregaron pensiones de gracia a ex empleados que no forman parte de su agrupación; el por qué esas jubilaciones no fueron otorgadas en forma vitalicia y por qué aún existen trámites pendientes respecto de sus asociados.
La Contralora (s) manifestó que en su dictamen N° E260052/22, se “(…) desestimó la solicitud de los ex trabajadores de ENACAR, de ordenar el cumplimiento del dictamen N°15.806/16, pues ello ya ocurrió con anterioridad”.
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