Extensión de doctrina fijada en dictamen N°E116596N21.
Norma del Estatuto Administrativo se aplica a funcionarios de planta de Carabineros los que pueden reclamar a la Contraloría si estiman vulnerados sus derechos estatutarios, dictamina el Contralor.
Lo anterior corresponde al ejercicio de la función de la Contraloría de revisar la legalidad de los procesos sumariales en su totalidad, una vez resueltos los recursos previstos en las normas que rigen al personal de las Fuerzas Armadas, y de las Fuerzas de Seguridad y Orden Público. (Artículo 160 de la Ley 18.834).

Se solicitó a la Contraloría General de la República por Carabineros de Chile reconsiderar sus dictámenes N°s 21573/19; E116596N21; y E220260N22, pues en opinión del organismo policial el artículo 160 de la Ley 18.834 (Estatuto Administrativo) no sería aplicable a su personal de planta.
El Contralor señala que Carabineros fundamentó su requerimiento en algunos oficios emitidos por Contraloría durante el 2022, en los que se restituyeron resoluciones que confirman medidas disciplinarias expulsivas aplicadas a personal de nombramiento supremo e institucional de Carabineros, debido a que, en los antecedentes tenidos a la vista en cada oportunidad, no constaba que los afectados hubiesen sido notificados del respectivo acto administrativo.
Explica que en virtud de su dictamen N°E220260N22 se estableció que “(…) para que un inculpado tome conocimiento de la dictación del acto de término que le aplica una medida disciplinaria y así pueda recurrir ante esta Contraloría, según lo previsto en el artículo 160 de la Ley 18.834, procede que la autoridad notifique ese instrumento, indicándole expresamente que la finalidad de la anotada comunicación previa es hacerle presente que, a partir de ese momento, puede ejercer la referida reclamación dentro del plazo de 10 días a que alude la precitada norma”.
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Comentarios (1)
Juan abner Excelente informacion, para los Carabineros de Chile. Entre mayor informacion mejor rendimiento en la labor.
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