Contraloría General de la República.
Para acceder al premio anual de excelencia institucional los funcionarios deben estar en servicio en la fecha de pago.
Procede que se pague la totalidad del galardón aun en los casos de funcionarios que no se hayan desempeñado durante todo el año correspondiente, en la medida que cumplan los demás requisitos legales.

El Instituto de Previsión Social solicitó a la Contraloría General de la República, pronunciamiento acerca del pago del premio anual por excelencia institucional, que le fuera otorgado a ese instituto en virtud de la ley N° 19.882.
Al efecto, señala que el proceso de selección del año 2022 fue suspendido a causa de la pandemia de COVID- 19, por lo que se otorgó recién en el mes de noviembre de ese año, correspondiendo la totalidad de su pago en diciembre. No obstante, en el año de cumplimiento de las metas hubo servidores que no se desempeñaron durante toda la anualidad, por lo que consulta si aquellos tienen derecho a recibir el total del premio o un monto proporcional.
Sobre el particular, la Contralora señala que el artículo sexto de la ley N° 19.882 instituyó el premio anual por excelencia institucional, el cual beneficia a tres organismos que, cumpliendo con los requisitos que señala, se hayan destacado por los resultados alcanzados en su gestión, eficiencia institucional, productividad y calidad de los servicios proporcionados a sus usuarios, correspondiendo a la Dirección Nacional del Servicio Civil la administración y otorgamiento de este premio.
Temas
Te puede interesar

Recurso de queja acogido.
Fórmula de fármaco bioequivalente no es información que pueda ser develada vía transparencia, resuelve la Corte Suprema.

Registro sanitario.
Juzgado Civil de Santiago rechaza reclamación de laboratorio farmacéutico sancionado por comercializar medicamento defectuoso.

Recurso de protección rechazado con voto en contra.
La decisión de FONASA de no financiar el medicamento VOXZOGO prescrito por el médico de un niño no es ilegal ni arbitrario.

