Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda.
Conoce las principales disposiciones del nuevo Reglamento de Compras Públicas.
El Reglamento de la Ley 19.886 publicado el 12 de diciembre establece cómo se implementan las modificaciones a la normativa y detalla, entre otros temas, las causales de los tratos directos; la Declaración de Patrimonio e Intereses de funcionarios y las inhabilidades para ser parte del Registro de Proveedores.

El 12 de diciembre de 2024 fue un día crucial para las compras del Estado de Chile. En el mismo día en que entraron en vigor nuevas disposiciones de los cambios a la Ley de Compras Públicas, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, el que especifica aspectos de la normativa y detalla la operatoria para la gestión tanto de compradores como de proveedores que venden sus productos y servicios a los organismos públicos.
El esperado cuerpo reglamentario -tramitado por el Ministerio de Hacienda y tomado de razón por la Contraloría General de la República- establece en sus 202 artículos cómo se implementan las modificaciones a la Ley 19.886.
Algunas de las normas que afectan a compradores
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