Diario Constitucional

Aborto en tres causales

La Ley N.º 21.030, vigente desde 2017, despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en Chile bajo tres causales: riesgo vital de la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo producto de una violación. Fuera de estas causales y sus requisitos legales, el aborto continúa siendo sancionado penalmente conforme a los artículos 342 a 345 del Código Penal.

Por Redacción·3 min de lectura
Aborto en tres causales
Referencial

Javiera Gajardo Godoy

Introducción.

El delito de aborto en Chile se regula principalmente en el Código Penal, pero la Ley 21.030 (promulgada en 2017) introdujo la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales específicas, transformándolas en una excepción a la sanción penal.

1. ¿Cuáles son las tres causales específicas que despenalizan el aborto en Chile?

  • Riesgo vital de la mujer: Cuando la vida de la mujer gestante se encuentra en riesgo presente o futuro, y la interrupción del embarazo evita ese peligro.
  • Inviabilidad fetal: Cuando el embrión o feto padece una alteración estructural congénita o genética de carácter letal, incompatible con la vida extrauterina independiente.
  • Violación: Cuando el embarazo es resultado de una violación, siempre que no hayan transcurrido más de 12 semanas de gestación (o 14 semanas en el caso de niñas/adolescentes menores de 14 años).

2. ¿Sigue siendo el aborto un delito en Chile fuera de estas causales?

Fuera de los supuestos, plazos y requisitos médicos establecidos en la Ley 21.030, la interrupción del embarazo continúa tipificada como delito en los artículos 342 a 345 del Código Penal chileno, sancionando tanto a quien lo practica como a la mujer que consiente en él o se lo causa a sí misma.

3. ¿Qué requisitos formales y médicos exige la ley para que la causal sea válida?

  • Diagnóstico y ratificación: En las causales 1 y 2 se requiere el diagnóstico de un equipo médico (según la causal, la opinión corroborada de médicos especialistas). En la causal de violación, un equipo médico evalúa la concurrencia de los hechos e informa a la jefatura del establecimiento de salud.
  • Consentimiento informado: La mujer (o su representante legal en ciertos casos de minoría de edad o incapacidad) debe autorizar el procedimiento expresamente por escrito.

4. ¿Cómo opera la objeción de conciencia y qué límites tiene ante la ley penal?

La ley reconoce el derecho de los profesionales de la salud (médicos, matronas, personal de pabellón) a abstenerse de realizar el procedimiento (aborto) invocando objeción de conciencia de forma previa y por escrito. Sin embargo, existen límites legales claros.

Si la mujer requiere atención inmediata por un riesgo vital inminente (causal 1) y no hay otro profesional disponible, el médico está obligado por ley a realizar la intervención y las instituciones de salud públicas o privadas no pueden dejar desatendida a la paciente; tienen la obligación legal de derivarla a un centro o profesional no objetor de manera oportuna.

Conclusión.

Con la aprobación de la ley en 2017, Chile cambió la forma en que castigaba el aborto. Se pasó de prohibirlo por completo, como se hacía desde 1989, a permitirlo en tres situaciones muy específicas. Con este cambio, el Estado reconoció que obligar a una mujer a continuar con un embarazo en casos extremos (cuando su vida está en peligro, el bebé no podrá sobrevivir al nacer o el embarazo fue producto de una violación) era un castigo injusto que dañaba su salud, su bienestar y su derecho a decidir sobre su propio cuerpo.

Bibliografía:

Chile. Ley N.º 21.030. Regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales. Diario Oficial, 23 de septiembre de 2017.

Chile. Código Penal. Artículos 342–345.

Chile. Código Sanitario. Artículos 119, 119 bis, 119 ter y 119 quáter.

Ministerio de Salud. Decreto N.º 67 de 2018. Aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario. Diario Oficial, 23 de octubre de 2018.

Tribunal Constitucional de Chile. (2017). Sentencia Rol N.º 3729-17 y Rol N.º 3751-17.

Bascuñán Rodríguez, A. (s. f.). La despenalización del aborto en tres causales: Análisis dogmático penal sobre la naturaleza jurídica de las causales (causa de justificación vs. eximente de responsabilidad).

Comentarios (1)

  1. Marco

    Cuál es la diferencia entre embrión y feto y cuales son las características e un feto de 14 semanas que según los abortistas es la fecha limite de su eliminación, ademas quiero saber que es mas importante si la formación del corazón o del sistema Nervioso…..el primero bombea sangre el segundo radica la base de todo el funcionamiento del organismo…..

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.