Diario Constitucional

Opinión.

A propósito del anuncio por México de suspender sus relaciones diplomáticas con Ecuador, por Nicolas Boeglin.

Como bien se sabe, los edificios de las legaciones diplomáticas son considerados por el derecho internacional público como inviolables. En otras palabras, las autoridades del Estado receptor no pueden bajo ninguna circunstancia irrumpir a la fuerza dentro de estos edificios. Si desean ingresar con sus fuerzas de seguridad, deben obtener previamente el consentimiento expreso del jefe de dicha legación diplomática.

08 de abril de 2024·12 min de lectura
Imagen: legrandcontinent.eu
Referencial

En una reciente publicación de derechointernacionalcr.blogspot.com se da a conocer el artículo «A propósito del anuncio por México de suspender sus relaciones diplomáticas con Ecuador», por Nicolas Boeglin, profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

Este 6 de abril, México anunció la suspensión inmediata de sus relaciones diplomáticas con Ecuador, a raiz de la operación policial llevada a cabo en su sede diplomática en Quito para capturar a una persona buscada por las autoridades ecuatorianas 24 horas antes.

Esta acción policial se realizó sin el consentimiento del máximo representante diplomático de México en Quito e incluyó actos de violencia en contra del personal diplomático mexicano: por ende, Ecuador violó una serie de principios muy básicos relacionados a las obligaciones que tiene el Estado receptor con relación a las legaciones diplomáticas que se encuentran en su territorio y debidamente acreditadas como tal.

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