Argentina.
Aerolínea y agencia de viajes son sancionadas por no reprogramar vuelos cancelados durante la pandemia del Covid-19.
Una vez reactivada la actividad y levantada la barrera sanitaria, eran las empresas las que debían dar cumplimiento a la prestación contratada. Lo contrario, devendría en un enriquecimiento incausado de las empresas en perjuicio de los consumidores.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa (Argentina), desestimó los recursos deducidos por una aerolínea y una agencia de viajes que fueron sancionadas en sede administrativa por su negativa a reprogramar vuelos suspendidos durante la pandemia del Covid-19. Dictaminó que es su obligación dar cumplimiento a la prestación comprometida con sus clientes.
Según se narra en los hechos, los denunciantes adquirieron pasajes aéreos en diciembre de 2019 para viajar en junio de 2020 con destino a Buenos Aires/Madrid y Madrid/Buenos Aires. Sin embargo, debido a la pandemia de COVID-19, los vuelos fueron cancelados y reprogramados para mayo/junio de 2021, aunque nuevamente se postergaron por la misma razón. Además, ambos denunciantes tenían las dos primeras dosis de la vacuna Sputnik, lo que les impedía viajar a España en ese momento.
Tras múltiples reclamos, los denunciantes solo pudieron obtener una cotización de vuelos en agosto de 2021, con un aumento sustancial en el costo. La agencia ofreció la posibilidad de reprogramar los vuelos a través de su sitio web, pero esto no fue posible debido a las condiciones establecidas por la aerolínea antes de la pandemia.
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