Uso de material genético masculino crioconservado.
Autorización para utilizar material genético de un hombre fallecido en un tratamiento de fertilización post mortem solicitado por quien fuera su cónyuge, se niega por Corte Suprema de Argentina.
No está en juego en la presente causa el derecho a la vida de una persona viva o de una por nacer; no está en discusión la protección de una familia constituida ni la de sus miembros, cuya integridad no se ve comprometida ni amenazada; no se advierte una hipótesis de discriminación a la mujer supérstite, por cuanto lo que se debate es la utilización del material genético de cónyuge fallecido; hay una norma específica que regula el consentimiento exigible para estos tratamientos de fertilización humana asistida, aplicable al fallecido; del texto de la norma surge con claridad la prohibición del

La Corte Suprema de Argentina declaró mal concedido el recurso extraordinario interpuesto por una mujer que solicitó autorización para continuar con el Programa de Inyección Intracitoplasmática de Espermatozoides (ICSI) que estaba realizando junto a su cónyuge ya fallecido, para utilizar su material genético crioconservado en un tratamiento de fertilización asistida post mortem.
La mujer solicitó una autorización judicial para suplir la voluntad de su difunto esposo. Habían compartido el deseo de formar una familia, por lo que en 2016 otorgaron su consentimiento para iniciar un tratamiento de fecundación asistida. En 2013, el marido otorgó a su esposa un poder general que incluía la autorización para disponer de sus muestras de semen tantas veces como fuera necesario, anticipando su uso en futuros tratamientos.
Tras el fallecimiento del hombre en 2020, su esposa solicitó autorización judicial para continuar con la fecundación asistida utilizando el material genético de su difunto cónyuge. Sin embargo, tanto el juez de primera instancia como el tribunal ad quem denegaron su solicitud, aduciendo la falta de un consentimiento claro y específico del fallecido para el uso del material post mortem. La mujer recurrió esta decisión ante la Corte Suprema.
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