Vulnera la Octava Enmienda.
Calor extremo en cárceles del Estado de Texas es inconstitucional, resuelve un juez estadounidense.
Los demandantes, reclusos y cuatro organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos civiles y penitenciarios, adujeron que la política de control térmico implementada por el Departamento de Justicia Penal de Texas (TDCJ) vulnera la prohibición constitucional de castigos crueles e inusuales.

Un juez federal de distrito resolvió que el calor extremo que afecta a los centros penitenciarios del Estado de Texas es inconstitucional, conforme a la Octava Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. No obstante, denegó la solicitud de medida cautelar presentación con el fin de ordenar la instalación inmediata de sistemas de aire acondicionado en dichas instalaciones.
En el proceso, se indicó que Texas alberga a más de 130.000 reclusos en su sistema penitenciario, siendo el Estado con el mayor número de reos en el país según el tribunal. De acuerdo con los registros, solo un tercio de las aproximadamente 100 unidades penitenciarias estatales cuentan con un sistema integral de aire acondicionado, mientras que el resto dispone de medidas parciales de refrigeración o carece de ellas.
Los demandantes, reclusos y cuatro organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos civiles y penitenciarios, adujeron que la política de control térmico implementada por el Departamento de Justicia Penal de Texas (TDCJ) vulnera la prohibición constitucional de castigos crueles e inusuales. En su presentación, señalaron que las temperaturas dentro de los establecimientos carcelarios superan de manera habitual los 29 °C durante el período estival, mientras que la normativa estatal establece un rango permitido de entre 18 °C y 29 °C.
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