No existe “justo motivo”.
Cambio de nombre solicitado por sobreviviente de accidente tránsito para “honrar a dios”, se rechaza por tribunal argentino.
La apreciación de la existencia de los "justos motivos" exigidos para cambiar el prenombre o el apellido, debe hacerse con criterio restrictivo y el cambio solo debe otorgarse por causas serias y graves, quedando descartadas las razones frívolas e intrascendentes, de la mera disconformidad o la ausencia de generalización del prenombre.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Argentina) desestimó el recurso de apelación interpuesto por un hombre que solicitó un cambio de nombre para “honrar a dios”, tras sobrevivir y recuperarse de un grave accidente de tránsito, hecho que atribuyó a una intervención divina. Constató que no se había probado un uso generalizado del nombre en cuestión y que lo expresado no constituía “justo motivo”.
El hombre solicitó autorización judicial para agregar “Samuel” como su primer nombre. Señaló ser un fervoroso creyente de la fe evangélica pentecostal y que, tras un grave accidente de tránsito en el que estuvo al borde de la muerte, se organizó, por iniciativa de su padre, una cadena de oración entre los miembros de su comunidad religiosa. Este acto colectivo de fe, según explicó, lo acompañó durante su prolongado proceso de convalecencia y recuperación.
El hombre narró que posteriormente logró caminar nuevamente sin ningún tipo de secuelas, atribuyendo esta recuperación a una intervención divina al considerar que fue la voluntad de “Dios Padre” la que le permitió superar la adversidad. Por ello, como muestra de agradecimiento, buscaba ser identificado con el nombre “Samuel”, que significa “escuchado por dios”. Su pretensión fue desestimada en instancia, por lo que interpuso un recurso de apelación.
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