Diario Constitucional

Estudiará derechos laborales de las trabajadoras sexuales y garantías de menores de edad.

CC de Colombia determinará si alcaldes pueden prohibir funcionamiento de prostíbulos.

Autoridades del municipio de Chinácota aseguran que tomaron la determinación puesto que el prostíbulo está a cien metros de un colegio.

Por Redacción·23 de agosto de 2018·1 min de lectura
CC de Colombia determinará si alcaldes pueden prohibir funcionamiento de prostíbulos.
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia estudia el tema después de que recibiera el caso de Nelcy Delgado, propietaria de una casa de encuentros, a quien le cerraron su negocio. “La idea es que me dejen trabajar”, dice Nelcy, después de que la administración local de Chinácota, Santander, le suspendiera la licencia de funcionamiento.

Autoridades del municipio aseguran que tomaron la determinación puesto que el prostíbulo está a cien metros de un colegio. Armando Quintero, asesor jurídico de la Alcaldía de Chinácota, afirmó que “al ver cotidianamente esta clase de actividades de manera permanente, fomenta su aprobación y conlleva a adoptar conductas considerándolas normales y socialmente aceptadas; induciendo problemas de alcoholismo, drogadicción y prostitución”.

Por su parte, la alcaldesa de Chinácota, Rosa Romero, dice que no se trata de prohibir la prostitución, sino de respetar el uso del suelo y que estos sitios no estén en barrios residenciales. “El sitio donde ella desarrollaba esta labor no es donde ella pidió el permiso, por eso se le cerró”, asegura Romero.

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