Mala gestión de residuos industriales.
Contaminación ambiental que pone en riesgo la salud de la población merece sanción penal, resuelve Tribunal Supremo de España.
La industria contaminó de forma consciente y deliberada, incumpliendo las disposiciones de la Declaración de Impacto Ambiental y las autorizaciones concedidas para ejercer la actividad de gestión de residuos no peligrosos.

El Tribunal Supremo de España confirmó la pena de privación de libertad de cinco años impuesta al administrador de una empresa que vertió residuos peligrosos y no peligrosos directamente sobre un terreno sin impermeabilizar, poniendo en grave riesgo el medioambiente y la salud de los habitantes del sector.
El Tribunal tuvo presente que las pruebas aportadas en el proceso penal corroboraron que el cúmulo de residuos de diferente naturaleza y la presencia de lixiviados y sustancias peligrosas en terreno sin impermeabilizar, durante un muy prolongado periodo de tiempo, introdujo un grave y específico peligro de alteración del equilibrio del sistema natural correspondiente al acuífero neógeno-cuaternario sobre el que se encontraba la planta y del resto de la masa de agua subterránea de la zona, muy próximo a un asentamiento civil.
Añade que las conclusiones alcanzadas por el tribunal penal sobre la vulnerabilidad geológica del acuífero y la presencia de sustancias peligrosas muy perdurables que por su no biodegradabilidad generan riesgos graves para el abastecimiento de agua y, a consecuencia de la ingesta, la salud de las personas, ya que pueden desarrollar efectos de tipo cancerígenos, genotóxicos y deficiencias reproductivas, se fundan en datos científicos con un incuestionable fundamento fáctico, obtenidos de conformidad a principios y metodologías fiables, legalmente aceptadas.
Temas
Te puede interesar

Seguridad social.
Tribunal de España reconoce el derecho de una asesora del hogar a cotizar mensualmente en el seguro de desempleo.

Opinión.
«Acuerdo de Escazú: a propósito de la primera Conferencia de Estados Parte (COP) realizada en Chile», por Nicolas Boeglin.

Falta al deber de cuidado.
Tribunal de España condena a Centro de Salud al pago de una indemnización por el contagio de Covid que sufrió una funcionaria que no contaba con elementos de protección durante su jornada.

