Identidad de género.
Corte Constitucional de Colombia ampara derecho de mujer transgénero a quien se le había negado el acceso a una cirugía de reafirmación de género.
El derecho a la salud de las personas trans exige un cuidado apropiado y oportuno que reconozca sus identidades diversas y permita el acceso a las prestaciones necesarias para lograr su bienestar.

La Corte Constitucional revocó la sentencia de un juzgado de Cali que confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso de amparo interpuesto por la recurrente y, en su lugar, tuteló sus derechos fundamentales a la salud, a la vida digna y a la identidad sexual.
El caso se refiere a una mujer transgénero a quien una Entidad Promotora de Salud (EPS) le negó las citas con la junta médica-multidisciplinaria, instancia que define los procedimientos quirúrgicos necesarios para poder ordenar un proceso de reasignación de sexo.
El fallo recuerda que la accionante es un sujeto de especial protección constitucional, y advierte que la EPS le ha impuesto barreras de acceso injustificadas para poder acceder al procedimiento quirúrgico que la recurrente precisa para concluir su proceso de reafirmación de género.
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