Diario Constitucional

Comentarios en Facebook.

TEDH ratifica condena impuesta a un político francés por no borrar publicaciones que incentivaban al odio y que fueron publicadas en su cuenta pública de Facebook bajo su conocimiento.

Los políticos tienen la obligación de controlar el contenido de las declaraciones publicadas en sus cuentas públicas con el fin de combatir el discurso de odio.

Por Redacción·11 de septiembre de 2021·3 min de lectura
Imagen: cambridgeblog.org
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El TEDH resolvió que la multa impuesta –en el marco de un procedimiento penal– a un político francés por no borrar con prontitud comentarios de su cuenta de Facebook que incitaban al odio, viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El caso se refiere a un concejal francés que estaba haciendo su campaña para las elecciones al Parlamento, en el marco de la cual sus adherentes efectuaron distintas publicaciones en “su muro” de Facebook. Entre ellos, destaca el siguiente mensaje dirigido a un político de oposición: “este gran hombre ha transformado Nîmes en Argel, no hay una calle sin una tienda de kebab y una mezquita; reinan los traficantes de drogas y las prostitutas, no es de extrañar que haya elegido Bruselas, capital del nuevo orden mundial de la sharia…”

Los tribunales nacionales declararon culpable al político francés y lo condenaron al pago de una multa de 4.000 euros por el delito de incitación al odio o violencia contra un grupo de personas, en razón de su origen o de su pertenencia a una etnia, nación, raza o religión determinadas.

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