Nayib Bukele.
Corte Suprema de El Salvador resuelve que la reelección presidencial se adecúa a la Constitución.
El Tribunal Supremo cambió el precedente, estableciendo que la Constitución permite, por una sola vez, la reelección presidencial.

El Tribunal Supremo dio un giro jurisprudencial respecto de su doctrina asentada en la sentencia 25-VI-2014 respecto del artículo 152 de la Constitución, de conformidad con la cual se prohíbe la reelección presidencial.
El pronunciamiento se generó a raíz de una demanda en un proceso de pérdida de los derechos ciudadanos, en el que el tribunal a quo había privado a una mujer –partidaria de Bukele– de estos, en base al artículo 75 de la Constitución, en cuanto prescribe que perderán los derechos ciudadanos “los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”.
El fallo de la Corte Suprema considera que dicha interpretación incurre en un error, derivado, a su vez, de una equivocada interpretación del artículo 152, el que dispone los impedimentos para ser Presidente de la República.
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