Argentina.
Prisión preventiva de hombre que robó objetos de construcción bajos los efectos de estupefacientes, se confirma.
Las afecciones que presenta el imputado de momento han sido descartadas por el profesional que lo examinó de forma tal de excluir su capacidad para comprender el injusto y para afrontar el juicio. Lo expuesto, entonces, evidencia un accionar previsor, lógico y final en su comportamiento que, en principio, descarta que no haya comprendido o dirigido su acción.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por un imputado privado de libertad que alegó no haber tenido conciencia durante la comisión del delito.
El recurrente fue detenido tras robar material de construcción en un predio. Fue imputado por el delito de hurto de agravado y se dispuso su prisión preventiva. Si bien reconoció su autoría en los hechos, adujo que no estaba consciente de su actuar debido a que estaba bajo los efectos de estupefacientes.
Su defensa señaló que el hombre “(…) estaba bajo los efectos de pastillas, por lo que no recordaba lo sucedido. Ello, explicaría el comportamiento errático y paranoide que presentó con posterioridad a ser aprehendido, e incluso, sería consecuente con la declaración de inimputabilidad que se dictó en una causa penal anterior. Finalmente, para esclarecer la cuestión es necesario contar con el resultado del peritaje encomendado al Cuerpo Médico Forense, el cual conforme surge del legajo de salud –llevado a cabo de modo presencial”. Contra la decisión del tribunal interpuso un recurso de apelación.
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