Diario Constitucional

España.

Despido de trabajadora que habría mentido en su curriculum vitae es improcedente, resuelve un tribunal español: empresa hizo un uso indebido de sus datos personales.

La trabajadora cedió sus datos personales contenidos en el informe de vida laboral sólo para ese fin específico, no desde luego para fines de investigación y régimen disciplinario. Coincidimos por ello con la recurrente, en que ese uso desviado por la empresa de los datos personales cedidos para distinto fin, justificando con ello su despido disciplinario, constituye la ilicitud del tratamiento y vulnera el derecho fundamental a la protección de datos.

Por Redacción·18 de junio de 2024·3 min de lectura
imagen: dimmao.com
Referencial

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (España) declaró improcedente el despido de una trabajadora que fue desvinculada por las inconsistencias constatadas entre su curriculum vitae y un informe de su vida laboral, lo que derivó en un uso indebido de sus datos personales por parte de su empleador para despedirla disciplinariamente.

La mujer fue contratada en 2020 y despedida disciplinariamente en 2022, por la presunta falsificación de su experiencia laboral para optar al puesto de trabajo. De este modo, su desvinculación se fundó en las discrepancias detectadas entre el currículum vitae que presentó inicialmente, y un informe de vida laboral solicitado posteriormente por la empresa.

Según los hechos narrados, la compañía utilizó el informe de vida laboral para justificar su despido, tras constatar inconsistencias con la información proporcionada en el currículum, por lo que acusó a la trabajadora de incurrir en una transgresión de la buena fe contractual. La mujer apeló el fallo de primera instancia que desestimó su demanda para impugnar su desvinculación.

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